miércoles, 18 de enero de 2023

¡BIENVENIDOS!


Hola !! Bienvenido a este pequeño blog en donde podras encontrar toda la información necesaria para la celebración del matrimonio entre un Ciudadano (a) Peruano (a) y un Español (a).

Nota: visita los anuncios que aparecen aquí, eso nos ayuda a mantener vigente la Web!.
Gracias !!

sábado, 17 de enero de 2009

Consultoria Personalizada

Conocemos las dificultades que se presentan durante los trámites que se realizan para el matrimonio, inscripción del mismo en el Consulado de España y solicitud de la visa de Reagrupación Comunitaria.

Es muy estresante encontrar las respuestas a todas las preguntas que suelen hacerse cuando se desea contraer matrimonio con un ciudadano español y en muchas ocasiones los consulados no facilitan la información adecuada y precisa acerca de:

  • ¿Qué requisitos piden las autoridades peruanas?.
  • ¿Qué documentos debes presentar y donde legalizarlos?.
  • ¿Qué trámite debes hacer para que tu matrimonio efectuado en el Perú, sea válido en el país del extranjero donde vive tu esposa(o)?.
  • ¿Cómo tramitar la Visa de Reagrupación Familiar Comunitaria?, etc.

Aquí podras encontrar respuesta a muchas de tus interrogantes, pero si deseas tener la plena seguridad de que cada paso que inicies y cada trámite que realizes tenga la garantía de que no sera rechazado por las autoridades peruanas y españolas. Nosotros te ofrecemos consultoria especializada, por un económico pago podrás tener la seguridad de recibir cada detalle que necesitas para que tu Matrimonio se realize sin problemas, hasta la inscripción en el Consulado de España en Lima con lo que finalmente podrás solicitar la visa de reagrupación comunitaria.

Si estas interesado en contar con nuestro excelente servicio contactanos a:

Vía email: eros_peru_36@hotmail.com

jueves, 15 de enero de 2009

Lista de Municipalidades de Lima (Ayuntamientos )

En primer lugar ponemos a disposición de Uds, la lista de Municipalidades del Departamento de Lima, cuando ingresen a la respectiva página web, ubiquen el enlace del Registro Civil; allí se pueden encontrar los requisitos exigidos para la celebración del matrimonio civil. En algunos casos hay ligeras diferencias entre lo que exige cada Municipio, pero se mantienen ciertos criterios básicos. Si buscas un Municipio que no este en la lista, enviamos un email y trataremos de localizarlo.



miércoles, 14 de enero de 2009

REQUISITOS MATRIMONIO PARA EL ESPAÑOL

Nos vamos a centrar en los requisitos para el Ciudadano Español, por cuanto es él quien debe enviar una serie de documentos que necesitan ser legalizados y visados por el Consulado Peruano más cercano a su localidad. Para el novio(a) peruano, hay también requisitos pero son más fáciles de ser obtenidos.
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EXTRANJEROS

1.- Tres Partidas literales de nacimiento:
  • a- para la municipalidad donde te cases ( legalizada).
  • b- para inscribir el matrimonio en el consulado en Lima (sin legalizar).
  • c- para solicitar la reagrupación familiar(sin legalizar).

2.- Dos Fé de Vida y Estado

  • a- para la municipalidad donde te cases ( legalizada).
  • b- para inscribir el matrimonio en el consulado en Lima (sin legalizar).

3.- Dos Certificados de Empadronamiento

  • a- para la municipalidad donde te cases ( legalizada).
  • b- para la Visa de reagrupación (sin legalizar).

4.- Copias del DNI y Pasaporte

  • a- Copia del DNI y Pasaporte para la municipalidad donde te cases ( legalizadas).
  • b- Copia del DNI o Pasaporte para inscribir el matrimonio en el consulado en Lima (sin legalizar).
  • c- Copia del DNI para solicitar la reagrupación familiar( legalizada).

5.- Si es Viudo o Divorciado: Dos Certificaciones literales de matrimonio con nota marginal de divorcio o certificación literal del matrimonio anterior, y certificación literal de defunción del cónyuge fallecido (solicitar oficina de registro civil donde se han casado).

  • a- para la municipalidad donde te cases ( legalizada).
  • b- para la Inscripción del Matrimonio (sin legalizar).

6.- Certificado Médico: Solicitarlo en los centros de los que hacen revisiones para carné de conducir y permisos de armas. Análisis de sangre donde conste el grupo sanguíneo y negativo de virus como hepatitis B y sida, adjuntarlo todo y de ahí llevarlo al Colegio de Médicos tu Ciudad para validarlo. También lo puedes obtener en el Perú, en los centros de Salud.

7.- Si el matrimonio es por Poder: Poder de escritura pública (se necesita fecha del matrimonio y lugar donde se realizará la boda, (municipalidad), también nombre y apellidos de una persona del mismo sexo, que lo represente en Perú. Coste: 55.60 euros, solicitarlo en el Consulado Peruano en España .

IMPORTANTE
Las partidas de Nacimiento, Divorcio o Viudez deben estar Legalizadas (Apostilla de la Haya) por el Ministerio Superior de Justicia (Tribunal Superior de Justicia). La Apostilla de la Haya, suprime la legalización que se tenía que hacer en el Consulado Peruano de la Localidad donde vive el ciudadano español. Las copias del DNI y Pasaporte deben ser legalizadas por un notario seguidamente Apostillados en el Colegio de Notarios. Según el Convenio de la Haya, todo documento apostillado ya no necesita ninguna otra legalización adicional en el país donde van a surtir efectos los documentos apostillados. Por lo tanto no es necesario llevar los documentos apostillados al Ministerio de Relaciones Exteriores - Lima.

Ejemplo1:
- Si el Ciudadano Español nació en Badajoz, debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil de esa Ciudad, Apostillarlas en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España - Madrid, o por el Colegio de Notarios de Madrid.

Ejemplo 2:
- Si el Ciudadano Español nació en Barcelona, debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil de esa Ciudad, Apostillarlas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Ejemplo 3:
- Si el Ciudadano Español nació en Sevilla, Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén. Debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil. Legalizarlas en un Notario, seguidamente Apostillarlas en el Colegio de Notarios.

martes, 13 de enero de 2009

INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO EN EL CONSULADO ESPAÑOL

Una vez realizado el matrimonio entre un ciudadano peruano y otro español, éste debe ser inscrito en el consulado de España para que tenga válidez en dicho país, los pasos y requisitos son los sgtes y antes de se debe obtener cita a través de la web del consulado CITAS:
A efectos de la inscripción del matrimonio, los interesados habrán de:

1.- Cumplimentar el formulario o impreso de declaración de datos que inscripción de matrimonio. Tal formulario será firmado por ambos contrayentes y debe ser descargado de la página web: Formulario de datos

2.- Aportar los siguientes documentos:
- Partida de matrimonio, expedida por el Registro Civil peruano correspondiente al lugar de celebración del matrimonio.

Por parte del ciudadano/a español/a
  • Certificación literal de nacimiento, expedida en los tres últimos meses.
  • Si fuera divorciado: certificación literal del matrimonio anterior donde conste la anotación marginal de divorcio.
  • Si fuera viudo, certificación literal del matrimonio anterior y certificación literal de defunción del cónyuge fallecido.
  • Fe de vida y estado.
  • Copia del DNI o pasaporte.

Por parte del ciudadano/a peruano/a

  • Partida de nacimiento.
  • Certificado que acredite el estado civil que tenía antes del matrimonio (debe ser expedido por el Registro Civil del lugar donde se celebró el matrimonio).
  • Si fuera divorciado: certificación literal del matrimonio anterior donde conste la anotación marginal de divorcio.
  • Si fuera viudo, partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge fallecido.
  • Copia del DNI.
En caso de haberse realizado un matrimonio por poder, deberá presentarse la escritura de poder (en original).

En el caso de que en el momento de la sentencia de divorcio, dictada por Tribunal no español, uno de los contrayentes ostentara la nacionalidad española, deberá previamente obtener el exequátur (reconocimiento por parte de Tribunal español de una sentencia extranjera) y se obtiene únicamente en España, mediante abogado y procurador.

Las partidas peruanas deben estar debidamente legalizadas por las instancias peruanas correspondientes (RENIEC y Ministerio de Relaciones Exteriores) y no deben tener más de 90 días de haber sido expedidas. No se aceptan las transcripciones mecanográficas de las partidas ni las copias gratuitas.
Dentro del proceso de inscripción de matrimonio, los contrayentes deben pasar por una Audiencia Reservada, en la fecha en que el Registro Civil Consular determine, conforme a las normas de procedimiento.


En caso de considerarse necesario, se podrá solicitar documentación adicional.


Hasta antes del cambio de modalidad para la Inscripción ( ahora hay que solicitar cita anticipada ), en la web del consulado se mencionaba que ambos conyuges tenían que pasar por una entrevista. La misma que muchas veces no se realizaba, efectuándose en un lapso de 1 a 2 meses. Si el conyuge español regresa a su país se la hacen allí y al conyuge peruano aqui en Lima.

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Nota Importante Sobre Las Partidas de Matrimonio:
  1. Si su partida es de cualquiera de los distritos de San Borja, Surco, Surquillo, San Isidro, Comas, San Martín de Porres, Independencia, Los Olivos, Lince, Santa Anita, Breña o San Luis no es necesario que la autentique en RENIEC ya que es el RENIEC el que expide dichas partidas en cualquiera de sus agencias a nivel nacional a un costo de 15.00 soles pagados en el Banco de la Nación.
  2. Si su partida no esta en la relación antes mencionada deberá autenticarla ante RENIEC.

Requisitos:

  • Copia certificada y una (1) copia simple del acta de matrimonio debidamente certificada por el Registro Civil (firma y sellos).
  • Recibo de pago expedido por el Banco de la Nación por cada acta a certificar según importe señalado en el TUPA (S/17.00 nuevos soles) por concepto de derecho de trámite. Tributo 002143
  • Original y copia del documento de identidad de la persona que va a realizar el trámite. (DNI, LE., carné de extranjería, etc) .

La recepción y entrega de partidas se realiza en las siguientes Oficinas Registrales:
- Ate: Av. Nicolás Ayllón (Ex Carretera Central) 6344 Ate-Vitarte (Telef. 351-9751)
- Callao: Av. Sáenz Peña 122
- Santa Anita: Av. De la Torre Ugarte N° 180 Urb. Los Ficus. (Telef. 362-8222)
- San Borja: Av. Javier Prado Este 2388-2392
- Jesús María: Jr. Talara 136 (entre la cuadra 8 y 9 de la Av. Brasil)
- Independencia: Calle Los Andes 486 (entre Tottus y Metro)
- San Juan de Miraflores: Jr. Joaquín Bernal 474 (Telef. 276-5974)

En el horario de lunes a viernes de 8:30am a 4:00pm, la entrega será en 3 días.
Solo para la agencia de Lima Jr. Cuzco 653: Las partidas ingresadas de 8.30am a 10:00a.m. se entregaran a las 12:30 del medio día Las partidas ingresadas de 10:00am a 1:00pm. se entregaran a las 3:30p.m.

Las partidas ingresadas de 1:00pm a 4:00pm. se entregaran a las 10:00am. del día siguiente Recuerde que el horario de atencion de todas nuestras agencias a nivel nacional es de lunes a viernes de 8:30am a 4:00pm y los sabados de 8:30am a 12 del medio dia.

lunes, 12 de enero de 2009

VISA DE REAGRUPACION FAMILIAR COMUNITARIA

Una vez que el matrimonio entre un peruano y un ciudadano español ha sido inscrito en el registro civil del consulado español ( trámite que puede durar de 1 mes a 6 meses ); el consulado hace entrega del libro de familia, el cual junto con los sgtes requisitos es necesario para solicitar la visa de reagrupación familiar con ciudadano comunitario:

Visado de residencia para reagrupación familiar de familiares de ESPAÑOLES
Horario de atención: de Lunes a Viernes, a las 10:30 horas, sin necesidad de cita.
La documentación debe presentarla personalmente en este Consulado el familiar reagrupable.

REQUISITOS

CÓNYUGES DE ESPAÑOL ( A)
EL REAGRUPANTE (ciudadano español) deberá presentar o enviar:
  1. Carta simple solicitando la reagrupación de su familiar. 
  2. Partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  3. Fotocopia legalizada del DNI.
  4. Justificante de su empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento de su localidad de residencia.
  5. Original de la partida de matrimonio expedida por el Registro Civil español, con fecha de expedición inferior a tres meses o, si el matrimonio ha sido inscrito en el Registro Civil Consular en fecha inferior a nueve meses, el Libro de Familia (original y 1 fotocopia tamaño A4).
  6. Si el reagrupante reside en Perú, y se traslada a vivir a España:
  • a. Certificado de Baja expedido por este Consulado.
  • b. Pasaporte y 1 fotocopia. (si no está en posesión del DNI)

EL FAMILIAR REAGRUPABLE deberá presentar personalmente:

  1. Formulario de solicitud de visado que se entrega gratuitamente en este Consulado, o podrá descargarse de esta misma página de internet, debidamente rellenado con letra mayúscula y firmado, al que se le hará una fotocopia, anverso y reverso, una vez rellenado, antes de la presentación en este Consulado.
  2. Dos fotografías de frente, tamaño pasaporte a color pegadas al original y a la fotocopia del formulario.
  3. Pasaporte con validez mínima de 120 días, y 1 fotocopia tamaño A4 de las páginas 1 y 2 y de la página donde conste la renovación, en su caso.

¿Cómo llenar los formularios de Solicitud de Visa?

Muchas personas desconocen este procedimiento, con el fín de poder ayudarlas a continuación enseñamos como se debe llenar o cumplimentar el formulario de solicitud de visa:

Parte delantera del formulario ( donde va la foto )
Parte trasera del Formulario

domingo, 11 de enero de 2009

REAGRUPACIÓN DE HIJOS - MATRIMONIO ANTERIOR

Sucede a veces que el esposo ( a), peruano tiene niños de un compromiso anterior y desea viajar con ellos. En estos casos lo más recomendable es solicitar la visa de los niños cuando se solicita la visa de reagrupación comunitaria.
Para esto seran necesarios los sgts requisitos:

HIJOS (del reagrupante español mayores de 18 años, o de su cónyuge menores de 21 años)
EL REAGRUPANTE (ciudadano español) deberá presentar o enviar:
  1. Carta simple solicitando la reagrupación de su familiar.
  2. Partida literal de nacimiento expedidad por el Registro Civil español.
  3. Fotocopia legalizada del DNI.
  4. Justificante de su empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento de su localidad de residencia.
  5. En el caso de reagrupar al hijo de su cónyuge, Original de la partida de matrimonio expedida por el Registro Civil español, con fecha de expedición inferior a tres meses o, si el matrimonio ha sido inscrito en el Registro Civil Consular en fecha inferior a nueve meses, el Libro de Familia (original y 1 fotocopia tamaño A4).
  6. Si el reagrupante reside en Perú, y se traslada a vivir a España:
  • a. Certificado de Baja expedido por este Consulado.
  • b. Pasaporte y 1 fotocopia. (si no está en posesión del DNI)
EL FAMILIAR REAGRUPABLE deberá presentar personalmente:

  1. Formulario de solicitud de visado que se entrega gratuitamente en este Consulado, o podrá descargarse de esta misma página de internet, debidamente rellenado con letra mayúscula y firmado, al que se le hará una fotocopia, anverso y reverso, una vez rellenado, antes de la presentación en este Consulado.
  2. Dos (2) fotografías tamaño pasaporte a color pegadas al original y cada fotocopia del formulario.
  3. Pasaporte con validez mínima de 120 días, y fotocopia tamaño A4 de las páginas 1 y 2 de la página donde conste la renovación, en su caso.
  4. Original de partida de nacimiento del hijo/a, legalizada por el Registro Civil correspondiente, Ministerio Peruano de Relaciones Exteriores y Consulado de España en Lima y 1 fotocopia tamaño A4.
  5. En el caso de los hijos, menores de 18 años, del cónyuge del ciudadano español:
  • Poder de representación (solamente en el caso de presentación de la solicitud de visado por persona distinta de los progenitores) y 1 fotocopia tamaño A4.
  • Original y 1 fotocopia tamaño A4 del DNI del representante.
  • Demostración de que el cónyuge del ciudadano ESPAÑOL tiene la patria potestad o la custodia del menor en solitario o, en su defecto, autorización notarial del otro progenitor para que el menor resida en España.
  • Autorización de viaje del Juez de Menores o ante Notario (menores de 18 años) con 1 fotocopia tamaño A4. En el caso de que la autorización de viaje haya sido realizadda ante algún Cónsul del Perú en el extranjero, ha de ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores peruano.