Nos vamos a centrar en los requisitos para el Ciudadano Español, por cuanto es él quien debe enviar una serie de documentos que necesitan ser legalizados y visados por el Consulado Peruano más cercano a su localidad. Para el novio(a) peruano, hay también requisitos pero son más fáciles de ser obtenidos.
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EXTRANJEROS
1.- Tres Partidas literales de nacimiento:
a- para la municipalidad donde te cases ( legalizada).
b- para inscribir el matrimonio en el consulado en Lima (sin legalizar).
c- para solicitar la reagrupación familiar(sin legalizar).
2.- Dos Fé de Vida y Estado
3.- Dos Certificados de Empadronamiento
4.- Copias del DNI y Pasaporte
a- Copia del DNI y Pasaporte para la municipalidad donde te cases ( legalizadas).
b- Copia del DNI o Pasaporte para inscribir el matrimonio en el consulado en Lima (sin legalizar).
c- Copia del DNI para solicitar la reagrupación familiar( legalizada).
5.- Si es Viudo o Divorciado: Dos Certificaciones literales de matrimonio con nota marginal de divorcio o certificación literal del matrimonio anterior, y certificación literal de defunción del cónyuge fallecido (solicitar oficina de registro civil donde se han casado).
6.- Certificado Médico: Solicitarlo en los centros de los que hacen revisiones para carné de conducir y permisos de armas. Análisis de sangre donde conste el grupo sanguíneo y negativo de virus como hepatitis B y sida, adjuntarlo todo y de ahí llevarlo al Colegio de Médicos tu Ciudad para validarlo. También lo puedes obtener en el Perú, en los centros de Salud.
7.- Si el matrimonio es por Poder: Poder de escritura pública (se necesita fecha del matrimonio y lugar donde se realizará la boda, (municipalidad), también nombre y apellidos de una persona del mismo sexo, que lo represente en Perú. Coste: 55.60 euros, solicitarlo en el Consulado Peruano en España .
IMPORTANTE
Las partidas de Nacimiento, Divorcio o Viudez deben estar Legalizadas (Apostilla de la Haya) por el Ministerio Superior de Justicia (Tribunal Superior de Justicia). La Apostilla de la Haya, suprime la legalización que se tenía que hacer en el Consulado Peruano de la Localidad donde vive el ciudadano español. Las copias del DNI y Pasaporte deben ser legalizadas por un notario seguidamente Apostillados en el Colegio de Notarios. Según el Convenio de la Haya, todo documento apostillado ya no necesita ninguna otra legalización adicional en el país donde van a surtir efectos los documentos apostillados. Por lo tanto no es necesario llevar los documentos apostillados al Ministerio de Relaciones Exteriores - Lima.
Ejemplo1:
- Si el Ciudadano Español nació en Badajoz, debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil de esa Ciudad, Apostillarlas en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España - Madrid, o por el Colegio de Notarios de Madrid.
Ejemplo 2:
- Si el Ciudadano Español nació en Barcelona, debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil de esa Ciudad, Apostillarlas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Ejemplo 3:
- Si el Ciudadano Español nació en Sevilla, Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén. Debe sacar sus partidas de nacimiento en el Registro Civil. Legalizarlas en un Notario, seguidamente Apostillarlas en el Colegio de Notarios.