domingo, 11 de enero de 2009

REAGRUPACIÓN DE HIJOS - MATRIMONIO ANTERIOR

Sucede a veces que el esposo ( a), peruano tiene niños de un compromiso anterior y desea viajar con ellos. En estos casos lo más recomendable es solicitar la visa de los niños cuando se solicita la visa de reagrupación comunitaria.
Para esto seran necesarios los sgts requisitos:

HIJOS (del reagrupante español mayores de 18 años, o de su cónyuge menores de 21 años)
EL REAGRUPANTE (ciudadano español) deberá presentar o enviar:
  1. Carta simple solicitando la reagrupación de su familiar.
  2. Partida literal de nacimiento expedidad por el Registro Civil español.
  3. Fotocopia legalizada del DNI.
  4. Justificante de su empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento de su localidad de residencia.
  5. En el caso de reagrupar al hijo de su cónyuge, Original de la partida de matrimonio expedida por el Registro Civil español, con fecha de expedición inferior a tres meses o, si el matrimonio ha sido inscrito en el Registro Civil Consular en fecha inferior a nueve meses, el Libro de Familia (original y 1 fotocopia tamaño A4).
  6. Si el reagrupante reside en Perú, y se traslada a vivir a España:
  • a. Certificado de Baja expedido por este Consulado.
  • b. Pasaporte y 1 fotocopia. (si no está en posesión del DNI)
EL FAMILIAR REAGRUPABLE deberá presentar personalmente:

  1. Formulario de solicitud de visado que se entrega gratuitamente en este Consulado, o podrá descargarse de esta misma página de internet, debidamente rellenado con letra mayúscula y firmado, al que se le hará una fotocopia, anverso y reverso, una vez rellenado, antes de la presentación en este Consulado.
  2. Dos (2) fotografías tamaño pasaporte a color pegadas al original y cada fotocopia del formulario.
  3. Pasaporte con validez mínima de 120 días, y fotocopia tamaño A4 de las páginas 1 y 2 de la página donde conste la renovación, en su caso.
  4. Original de partida de nacimiento del hijo/a, legalizada por el Registro Civil correspondiente, Ministerio Peruano de Relaciones Exteriores y Consulado de España en Lima y 1 fotocopia tamaño A4.
  5. En el caso de los hijos, menores de 18 años, del cónyuge del ciudadano español:
  • Poder de representación (solamente en el caso de presentación de la solicitud de visado por persona distinta de los progenitores) y 1 fotocopia tamaño A4.
  • Original y 1 fotocopia tamaño A4 del DNI del representante.
  • Demostración de que el cónyuge del ciudadano ESPAÑOL tiene la patria potestad o la custodia del menor en solitario o, en su defecto, autorización notarial del otro progenitor para que el menor resida en España.
  • Autorización de viaje del Juez de Menores o ante Notario (menores de 18 años) con 1 fotocopia tamaño A4. En el caso de que la autorización de viaje haya sido realizadda ante algún Cónsul del Perú en el extranjero, ha de ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores peruano.